Permiso de residencia
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La especial protección que nos brinda el ser nacional de un país, es un factor a tener en cuenta a la hora de vivir dentro de ciertas fronteras. Las comodidades que otorga la nacionalidad o el permiso de residencia, no son para nada desdeñable. Trabajo, educación, asistencia sanitaria o incluso la posibilidad de obtener ayudas gubernamentales, son algunas de las ventajas de esta situación. Es por eso, que es un procedimiento muy a tener en cuenta cuando se busca permanecer en un país.

En concreto, en España la obtención de la nacionalidad es un procedimiento que goza de determinadas especificidades. Tratando de amparar a cualquiera que tenga un especial vínculo con nuestro país. A lo largo de este artículo hablaremos de las diferentes necesidades que tienen los procedimientos. Además, de la mano de Tolentino abogados, seguiremos un caso de éxito para entender mejor los procedimientos de obtención de permisos de residencia.

La solicitud de nacionalidad por residencia.

Viene previsto en nuestro código civil, que la solicitud de la nacionalidad se pueda realizar por residencia en nuestro país. Los artículos 17 y ss. del Código Civil, desarrollan las especialidades de este procedimiento así como su especialidad. En concreto, el artículo 22 es el que hace referencia a la obtención de la nacionalidad por residencia. Este artículo busca destacar las principales maneras de obtener la nacionalidad de nuestro país.

Con la intención de hacer un redactado que abarcase las principales relaciones de pertenencia a España, se trató en este artículo de prever una normativa general, así como múltiples especificidades. Encontramos, como norma base que la obtención de la nacionalidad por residencia se otorga tras 10 años viviendo en el país. Esto es bastante amplio por lo que la norma procede a acomodar otros supuestos. En concreto tres supuestos.

  • 5 años para aquellos que hayan obtenido la condición de refugiado
  • 2 años para aquellos cuyas nacionalidades tengan una especial vinculación con nuestro país. (“países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes”)
  • 1 año para aquellos que tengan un efectivo vínculo con nuestro país.

Los supuestos en los que se puede solicitar la nacionalidad por residencia son aquellos referentes en concreto a los lazos con nacionales españoles. Por ello, los conyuges, viudos, tutelados o  incluso aquellos que tengan parientes con nacionalidad española, podrán solicitar la nacionalidad por residencia.

El caso especial de los refugiados.

Desgraciadamente en los tiempos que nos toca vivir, encontramos como muchas personas se encuentran en estado de refugiados. El procedimiento para asistir a todas estas personas que huyen de grandes desastres en sus lugares de origen no es para nada sencillo. El otorgamiento de un trato especial es en muchos casos necesario para que puedan rehacer sus vidas. Es por ello, que a menudo encontramos decretos como el previsto por el gobierno el 9 d marzo de 2022.

El conflicto de Ucrania ha dejado una importante papeleta en cuanto a la dotación de derechos para aquellos que lo han perdido todo. El paquete previsto por el gobierno, pretende otorgar un especial régimen de protección a estas personas. Esta protección, se asimila a la obtención de la nacionalidad. Sin embargo no es lo mismo.

El permiso que pueden obtener los refugiados garantiza su inclusión dentro del sistema. Sin embargo, como hemos visto, para obtener la nacionalidad necesitarán de 5 años de residencia en nuestro país. Por otro lado, en vista de su situación, se les garantiza como refugiados la asistencia sanitaria, el permiso de trabajo y el acceso a la educación pública. Este tipo de acuerdos excepcionales tienen una vigencia concreta y han de ser solicitados por aquellos interesados a través de los cauces previstos en el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

El permiso de residencia temporal.

La nacionalidad, otorga la capacidad de residir dentro del país con todos los derechos. Sin embargo, hay otros procedimientos que te otorgan ciertos derechos dentro del territorio. La obtención del permiso de refugiados es uno, pero  no el único. Existen también el permiso de residencia temporal. Estos se fundamentan en la relación que se desarrolle tenga un cierto arraigo en nuestro país, en concreto, que sea mayor de 3 meses, que es el periodo que se considera a la persona como turista.

El arraigo que se produce en nuestro país a través de estas relaciones es la fundamentación a tener en cuenta para solicitar la prorroga de los servicios necesarios. En base a esto, podemos fundamentar nuestro caso de éxito. La abogada Neyvi Tolentino experta en extranjería resuelve en un caso de éxito una situación en la que se solicita el arraigo social tras una pérdida del visado de estudiante. La argumentación seguida por la abogada es clara. La persona en cuestión ha establecido su núcleo de trabajo y relaciones en nuestro país. Por lo que está habilitada a solicitar de nuevo el permiso al confirmarse el arraigo.

 

 

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